jueves, 14 de enero de 2010

QUE SON LOS IMPUESTOS Y PARA QUE SIRVEN





Pensando en los impuestos.
Impuesto…Y que son los impuestos? Dicen ser:

Los impuestos son el tipo de tributos más importantes y se clasifican en impuestos directos e indirectos. Los impuestos directos gravan la capacidad económica de los individuos.
Dentro de los ingresos públicos que el Estado y otras Administraciones Públicas perciben para financiar las necesidades comunes y que ayudan a balancear las arcas públicas, se destacan los tributos, que son prestaciones dinerarias que los ciudadanos están obligados por ley a pagar.
Los tributos son muchísimos y, la mejor manera de conocerlos y respetarlos, es clasificándolos en tasas, contribuciones especiales e impuestos.
Las tasas son pagadas por los ciudadanos como consecuencia de la realización de una actuación administrativa que les beneficia individualmente, y que están obligados a solicitar o recibir y a los cuales no se pueden negar, como la recogida de basuras, el alumbrado público, la expedición del documento de identidad y otras tasas municipales que varían en las diferentes administraciones.
Las contribuciones especiales se pagan cuando una actuación pública dirigida a satisfacer una necesidad colectiva produce un beneficio especial a determinados individuos, de manera indirecta, pero cuya contribución es necesaria; tal es el caso de una obra de tendido eléctrico en una zona rural o inminente población donde, desde el momento de la obra, el valor de las fincas o propiedades particulares se ve incrementado como consecuencia directa de la realización de la obra pública.
Finalmente, los impuestos son los tributos más importantes, pues es a través de ellos como se obtienen la mayoría de los ingresos públicos para costear las necesidades colectivas de cualquier administración.
Los impuestos son cantidades que se exigen obligatoriamente por ley sin que exista una contraprestación individualizada específica, es decir, que el gobierno no retribuye de ninguna manera por el pago de los impuestos, y que se fundamentan en hechos que demuestran la capacidad económica de los ciudadanos.
La capacidad económica o de pago es un principio fundamental basado en criterios de equidad, de justicia distributiva y, conforme a él, una mayor capacidad económica supone una mayor capacidad para atender las cargas públicas.
Esa capacidad económica de cada ciudadano se manifiesta de distintas formas, bien a través de la riqueza que posee (patrimonio), bien a través de los ingresos que obtiene (renta) o bien a través de los consumos que realiza. Por ello, los distintos impuestos existentes recaen sobre alguna de esos tres tipos de capacidad de pago de las personas.
Teniendo en cuenta que los impuestos se clasifican según la capacidad de pago de los consumidores, haremos un detalle de los principales impuestos directos que actualmente existen en España:
· Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas ( Ley 35/2006 de 28 de noviembre y Real Decreto 439/ 2007 de 30 de mayo). Este impuesto se estudia en un apartado específico.
· Impuesto sobre la Renta de no Residentes (Real Decreto Legislativo 5/2004, de 5 de marzo y Real Decreto 1776/2004, de 30 de julio). Este impuesto recae sobre la renta obtenida en España por personas que no viven en España.
· Impuesto sobre Sociedades (Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo y Real Decreto 1777/2004, de 30 de julio, por el que se aprueba el Reglamento).
Este impuesto recae sobre el beneficio que obtienen de su actividad las empresas (sociedades). Concretamente, se aplica sobre el beneficio neto, es decir, que de los ingresos que obtiene cada empresa se restan los gastos que han sido necesarios para su obtención.
· Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (Ley 29/1987, de 18 de diciembre, y Real Decreto 1629/1991, de 8 de noviembre).
El impuesto sobre Sucesiones y Donaciones se paga cuando las personas reciben dinero u otros bienes de forma gratuita, sin que se trate de una contraprestación por un trabajo o servicio que hayan realizado o por un dinero o una cosa que hayan entregado a cambio.
Se incluyen aquí tanto los casos en que lo que se recibe es una herencia o legado de una persona fallecida (adquisiciones “mortis causa”) como los casos en que lo que se recibe es una donación efectuada por una persona viva (adquisiciones “inter vivos”).
· Impuesto sobre el Patrimonio (Ley 19/1991, de 6 de junio, y Real Decreto 1704/1999, de 5 de noviembre) Este impuesto persigue la obtención de una mayor justicia redistributiva, complementando la aportada por el IRPF, mediante su aplicación sobre la posesión de un patrimonio, en cuanto se estima que ello supone una capacidad de pago adicional de las personas que lo tienen.
A efectos de este impuesto, se considera patrimonio de una persona el conjunto de los bienes y derechos que posee (casas, tierras, cuentas bancarias, joyas, objetos de arte, títulos, etc), restando las cargas, deudas y obligaciones a las que esa persona debe hacer frente.
Pero hay bienes exentos del pago de este tributo, así como también hay personas exentas: sólo pagan este impuesto las personas con un patrimonio superior a una determinada cantidad (En 2005, con carácter general, 108.182,18 euros) lógicamente sin incluir en esta cantidad el valor de los bienes exentos.
¿Por qué es importante conocer los impuestos?
Para un consumidor, tanto como para un autónomo grande o pequeño, es importante identificar las diversas fuentes tributarias de financiación de los bienes y servicios públicos; conocer los distintos impuestos, según graven la renta, el patrimonio o el consumo, clasificados en directos e indirectos; así como entender los conceptos fundamentales sobre el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Valorar la especial importancia social del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y conocer los elementos que permiten su personalización y facilitan la progresividad del impuesto, son necesidades primarias de cualquier consumidor.
Lo primero es diferenciar entre impuestos directos e indirectos.
Son impuestos directos los que se aplican sobre una manifestación directa o inmediata de la capacidad económica: la posesión de un patrimonio y la obtención de una renta; mientras que los impuestos indirectos los que se aplican sobre una manifestación indirecta o mediata de la capacidad económica: la circulación de la riqueza, bien por actos de consumo o bien por actos de transmisión.
En definitiva, los impuestos directos gravan la riqueza en sí misma, mientras que los indirectos gravan la utilización de esa riqueza.
Entre los impuestos con que frecuentemente nos encontramos, el más importante es el IRPF que grava las rentas, que no son otra cosa que los ingresos que obtiene un ciudadano en el plazo de un año.
Otros impuestos directos son el impuesto sobre el patrimonio, que es la riqueza que posee un ciudadano; el impuesto sobre Sociedades, que recae sobre la empresas; el impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
Entre los impuestos indirectos, el más importante es el IVA, que es aquél que grava el consumo y se fundamenta en el valor que los productos adquieren según se produce su fabricación o distribución.
Este impuesto es abonado por el consumidor en el precio final del producto que consume. El impuesto debe ser declarado por quien vende al consumidor el producto o servicio.
El porcentaje de IVA general es del 16%, pero también hay productos que están exentos del IVA y otros, de primera necesidad, tienen un tipo del 4%. También existe el tipo de 7% para otros productos.
Fuente: Agencia Tributaria
Pensando en los impuestos.
Impuesto…Y que son los impuestos? Dicen ser:

Ahí entra los impuestos de los viajes, comidas y vacaciones de los políticos también?
que me lo aclaren...

No hay comentarios:

Publicar un comentario